Con la DAC8, Bizkaia y Álava ya obligan a los proveedores de servicios de criptoactivos a identificar a sus clientes y a informar a Hacienda. Las normas forales de Bizkaia y Álava tienen efectos desde el 1 de enero de 2026. Gipuzkoa y Navarra también han aprobado sus propias normas. La ley estatal que trasponía la directiva, en cambio, está parada tras la disolución de las Cortes.